ECA para suelo en Perú: valores, usos del suelo y qué hacer si se superan

Los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) establecidos por el D.S.011-2017-MINAM son una referencia clave para evaluar la calidad del suelo y determinar las medidas necesarias ante una posible contaminación.

Los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para suelo son los valores máximos de concentración de sustancias químicas en el suelo que, según su uso, no representan un riesgo significativo para la salud de las personas ni para el ambiente. En Perú están regulados por el Decreto Supremo N.° 011-2017-MINAM y constituyen un referente obligatorio para el diseño y la aplicación de los instrumentos de gestión ambiental de las actividades productivas, extractivas y de servicios.

Cuando un muestreo detecta concentraciones por encima del ECA en parámetros asociados a la actividad, el titular debe evaluar el sitio y, si corresponde, remediarlo, siguiendo los criterios de gestión de sitios contaminados del D.S. N.° 012-2017-MINAM.

En esta guía recogemos la tabla completa de los ECA para suelo vigentes, explicamos cómo se interpretan y detallamos qué pasos exige la normativa peruana cuando se superan.

En resumen

  • Norma vigente: D.S. N.° 011-2017-MINAM, que derogó los ECA de 2013 (D.S. N.° 002-2013-MINAM).
  • Parámetros: 20 parámetros, entre orgánicos (BTEX, naftaleno, benzo(a)pireno, fracciones de hidrocarburos F1, F2 y F3, PCB, tetracloroetileno y tricloroetileno) e inorgánicos (arsénico, bario, cadmio, cromo total, cromo VI, mercurio, plomo y cianuro libre).
  • Usos del suelo: agrícola, residencial/parques y comercial/industrial/extractivo, cada uno con sus propios valores.
  • Si se superan: evaluación en tres fases (identificación, caracterización y plan dirigido a la remediación), salvo que la superación se explique por los niveles de fondo.
  • Unidades: mg/kg de peso seco (PS).

¿Qué son los ECA para suelo?

La Ley General del Ambiente (Ley N.° 28611) define el Estándar de Calidad Ambiental como la medida que establece el nivel de concentración de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos presentes en el aire, el agua o el suelo, en su condición de cuerpo receptor, que no representa riesgo significativo para la salud de las personas ni para el ambiente.

A diferencia de los límites máximos permisibles (LMP), que se aplican a las emisiones o efluentes de una actividad, los ECA miden la calidad del medio receptor, en este caso el suelo. Por eso son la referencia con la que se comparan los resultados de laboratorio en cualquier estudio de calidad de suelos, desde la línea base de un proyecto hasta el monitoreo de comprobación de una remediación.

Normativa vigente sobre ECA para suelo y sitios contaminados en Perú

El marco peruano de gestión de sitios contaminados se apoya en varias normas complementarias:

  • D.S. N.° 011-2017-MINAM: aprueba los ECA para suelo vigentes. Derogó el D.S. N.° 002-2013-MINAM y el D.S. N.° 003-2014-MINAM, e incorporó parámetros antes ausentes, como el cromo total, el tricloroetileno y el tetracloroetileno.
  • D.S. N.° 012-2017-MINAM: aprueba los criterios para la gestión de sitios contaminados, con las fases de evaluación y remediación que desarrollan las autoridades sectoriales.
  • D.S. N.° 013-2015-MINAM: reglas para la presentación y evaluación del Informe de Identificación de Sitios Contaminados (IISC).
  • Guías técnicas del MINAM: la guía para el muestreo de suelos, la guía para la elaboración de planes de descontaminación de suelos y la guía de evaluación de riesgos a la salud y el ambiente.
  • Normativa sectorial: cada autoridad competente (energía y minas, producción, etc.) regula plazos y procedimientos para las actividades bajo su ámbito.

Hemos seguido de cerca esta evolución normativa desde sus inicios, como recogimos en la actualización de la normativa peruana para el control de suelos y en la jornada técnica sobre el balance de la implementación del ECA Suelo en el Perú que organizamos en Lima.

Usos del suelo según el D.S. 011-2017-MINAM

Los valores del ECA dependen del uso del suelo, definido en la propia norma:

  • Suelo agrícola: dedicado a la producción de cultivos, forrajes y pastos cultivados, o con aptitud para cultivos y ganadería. Incluye tierras que mantienen hábitat para flora y fauna nativa, como las áreas naturales protegidas.
  • Suelo residencial/parques: ocupado por la población para construir sus viviendas, incluidas áreas verdes y espacios de recreación y esparcimiento.
  • Suelo comercial: aquel en el que la actividad principal está relacionada con operaciones comerciales y de servicios.
  • Suelo industrial/extractivo: aquel en el que la actividad principal es la extracción o el aprovechamiento de recursos naturales (minería, hidrocarburos, entre otros) o la elaboración, transformación o construcción de bienes.

Tabla de los ECA para suelo en Perú (valores vigentes)

Valores del anexo del D.S. N.° 011-2017-MINAM, expresados en mg/kg de peso seco (PS):

Fuente: anexo del D.S. N.° 011-2017-MINAM (El Peruano, 2 de diciembre de 2017). En los sitios con presencia de baritina pueden aplicarse valores específicos de bario extraíble y bario total real, conforme a la metodología de Alberta Environment (2009) recogida en la tabla 1 de la norma.

¿Cómo se interpretan los resultados frente al ECA?

Comparar un resultado de laboratorio con la tabla parece sencillo, pero hay varios aspectos técnicos que determinan la validez de la comparación:

  • Uso del suelo correcto: el valor aplicable depende del uso real o previsto del emplazamiento. Un mismo resultado de plomo, por ejemplo 200 mg/kg, cumple el ECA en suelo industrial (800) pero lo supera en suelo residencial (140).
  • Peso seco: todos los valores se expresan en mg/kg de peso seco, por lo que el informe de ensayo debe reportar los resultados en esa base.
  • Límites de cuantificación: los métodos de ensayo deben contar con límites de cuantificación inferiores al ECA del parámetro analizado. Un resultado «no detectado» con un límite superior al ECA no permite demostrar cumplimiento.
  • Métodos y laboratorios acreditados: la norma remite a métodos estandarizados (principalmente EPA) o validados, con acreditación en el marco del acuerdo de reconocimiento mutuo de la ILAC.
  • Parámetros compuestos: los xilenos se reportan como suma de los tres isómeros y los PCB como suma de siete congéneres indicadores (PCB 28, 52, 101, 118, 138, 153 y 180).
  • Nivel de fondo: la obligación de actuar no aplica cuando la superación del ECA es inferior a los niveles de fondo, es decir, a las concentraciones de origen natural del suelo o debidas a fuentes no relacionadas con el sitio evaluado. Es especialmente relevante en zonas mineralizadas, donde el arsénico, el plomo o el cadmio pueden estar presentes de forma natural.

¿Qué hay que hacer si se superan los ECA para suelo?

El artículo 3 del D.S. N.° 011-2017-MINAM establece que, si se superan los ECA en parámetros asociados a actividades productivas, extractivas o de servicios, el titular debe realizar acciones de evaluación y, de ser el caso, ejecutar acciones de remediación del sitio contaminado. El D.S. N.° 012-2017-MINAM organiza esa evaluación en tres fases:

FaseObjetivoContenido principal
1. IdentificaciónVerificar o descartar la presencia de un sitio contaminadoEvaluación preliminar (investigación histórica y levantamiento técnico del sitio) y muestreo de identificación. Se documenta en el Informe de Identificación de Sitios Contaminados (IISC).
2. CaracterizaciónDelimitar la extensión y la magnitud de la contaminaciónMuestreo de detalle de suelo y, en su caso, de agua subterránea y otros componentes. Puede incluir, con carácter facultativo, una Evaluación de Riesgos a la Salud y el Ambiente (ERSA).
3. Plan dirigido a la remediaciónDefinir y ejecutar las medidas para eliminar o reducir el riesgoObjetivos de remediación, técnicas seleccionadas, cronograma y monitoreo de comprobación.

Algunos matices importantes:

  • En sitios ya identificados como contaminados con evidencias de campo o muestreos previos, se puede prescindir de la fase de identificación.
  • El plan dirigido a la remediación solo se elabora cuando la caracterización determina que es necesario ejecutar medidas de remediación.
  • La ERSA permite fijar objetivos de remediación específicos para el sitio en función de los receptores y vías de exposición reales, en lugar de remediar hasta el valor genérico del ECA.
  • La atenuación natural monitoreada es una medida excepcional, aplicable cuando se demuestra que la remediación no es técnica o económicamente viable, y exige monitoreos periódicos hasta alcanzar los objetivos del plan.

Las técnicas de remediación aplicables dependen del contaminante, del tipo de suelo y del uso previsto. Las describimos en detalle en nuestra guía de técnicas de descontaminación de suelos y en el artículo sobre qué es la remediación de suelos.

Novedad 2026: gestión de sitios contaminados en la industria manufacturera

En abril de 2026 se publicó para comentarios un proyecto de norma con disposiciones específicas para la gestión de sitios contaminados en la industria manufacturera y el comercio interno, en el marco del Reglamento de Gestión Ambiental del sector (D.S. N.° 017-2015-PRODUCE) y de los criterios del D.S. N.° 012-2017-MINAM. Entre sus aspectos más relevantes:

  • Los titulares de proyectos en ejecución que cuenten con instrumento de gestión ambiental pero no con el Informe de Identificación de Sitios Contaminados deberían evaluar la existencia de sitios contaminados vinculados a su actividad y presentar dicho informe.
  • Cuando se prevea el uso de sustancias potencialmente contaminantes del suelo, el titular debería incorporar en su Plan de Manejo Ambiental medidas de prevención: diseño de instalaciones, vigilancia y control, y medidas operativas y organizativas para prevenir fugas y derrames.

Si se aprueba en estos términos, un número importante de plantas industriales tendrá que abordar por primera vez la fase de identificación. Anticiparse permite planificar el muestreo y el presupuesto con margen.

Sectores con mayor exposición: minería e hidrocarburos

La aplicación de los ECA para suelo tiene especial peso en los sectores extractivos. Según los inventarios del MINEM actualizados en 2025, el país registra más de 6.122 pasivos ambientales mineros y 1.566 pasivos del subsector hidrocarburos. En estos contextos, los parámetros más habituales son los metales (arsénico, plomo, cadmio, mercurio) en minería y las fracciones de hidrocarburos F1, F2 y F3, los BTEX y los HAP en el sector petrolero.

En las emergencias ambientales por derrames, además, la evaluación del suelo convive con otros instrumentos, como los planes de rehabilitación, y con la necesidad de una respuesta rápida para contener la afección.

Errores frecuentes en la aplicación del ECA para suelo

  • Aplicar el uso de suelo equivocado: comparar con los valores industriales un área que colinda con viviendas, cultivos o áreas naturales.
  • Analizar parámetros que no corresponden a la actividad, u omitir los que sí: el ECA aplica a los parámetros asociados a la actividad, por lo que la selección debe basarse en la evaluación preliminar.
  • No determinar el nivel de fondo: en zonas con mineralización natural, no establecerlo puede llevar a remediar concentraciones de origen natural.
  • Límites de cuantificación insuficientes: especialmente en benceno, tricloroetileno o cromo VI, cuyos ECA son muy bajos.
  • Muestreos sin representatividad: una estrategia de muestreo mal diseñada obliga a repetir campañas y retrasa el expediente.

La experiencia de Litoclean en Perú

En Litoclean Perú llevamos años trabajando en la evaluación y remediación de sitios contaminados en el país, en proyectos de minería, hidrocarburos e industria:

Nuestra sede peruana cuenta con la certificación trinorma ISO y se apoya en la experiencia de más de dos décadas del grupo en investigación y remediación de suelos en España, Latinoamérica y Oriente Medio.

Si tu actividad necesita un Informe de Identificación de Sitios Contaminados, una caracterización o un plan dirigido a la remediación, contacta con nuestro equipo en Perú.

Preguntas frecuentes sobre los ECA para suelo en Perú

¿Qué norma regula los ECA para suelo en Perú?

El Decreto Supremo N.° 011-2017-MINAM, publicado el 2 de diciembre de 2017, que aprueba los Estándares de Calidad Ambiental para Suelo y derogó los ECA de 2013. Se complementa con el D.S. N.° 012-2017-MINAM, que fija los criterios para la gestión de sitios contaminados.

¿Cuántos parámetros tiene el ECA para suelo?

El D.S. N.° 011-2017-MINAM establece valores para 20 parámetros: 12 orgánicos (benceno, tolueno, etilbenceno, xilenos, naftaleno, benzo(a)pireno, fracciones de hidrocarburos F1, F2 y F3, PCB, tetracloroetileno y tricloroetileno) y 8 inorgánicos (arsénico, bario total, cadmio, cromo total, cromo VI, mercurio, plomo y cianuro libre).

¿Cuál es el ECA de plomo en suelo en Perú?

70 mg/kg de peso seco en suelo agrícola, 140 mg/kg en suelo residencial/parques y 800 mg/kg en suelo comercial/industrial/extractivo, según el D.S. N.° 011-2017-MINAM.

¿Cuál es el ECA de arsénico en suelo?

50 mg/kg de peso seco en suelo agrícola y residencial/parques, y 140 mg/kg en suelo comercial/industrial/extractivo.

¿Qué pasa si un suelo supera el ECA?

Si la superación afecta a parámetros asociados a la actividad y no se explica por los niveles de fondo, el titular debe realizar acciones de evaluación y, de ser el caso, de remediación. La evaluación sigue tres fases: identificación, caracterización y elaboración del plan dirigido a la remediación.

¿Qué es el nivel de fondo en la evaluación de suelos?

Es la concentración de una sustancia en el suelo debida a su origen natural o a fuentes antrópicas no relacionadas con el sitio evaluado. Si la superación del ECA es inferior al nivel de fondo, no se exige actuar por ese motivo.

¿Qué es el Informe de Identificación de Sitios Contaminados (IISC)?

Es el documento que recoge los resultados de la fase de identificación: la evaluación preliminar del sitio y el muestreo de identificación. Sirve para verificar o descartar la existencia de un sitio contaminado y se presenta ante la autoridad sectorial competente.

Normativa de referencia